01 – Auto apertorio de instrucción contra el demandado. 02 – Partida registral de la propiedad. 03 – Registro de compra del local de 1968. 04 – ¿Es la FOPEP una organización distinta a la Federación de Obreros Panificadores Estrella del Perú? Pues no, como prueba vean el siguiente periódico de 1974, donde se indica su dirección y una nota sobre la compra del local.
o tambien aqui:
AZR. Lima, 19 de febrero del 2011.
Archivo FOPEP
http://www.archivofopep.webcindario.com/
Que lástima, Manuel Humala es abogado y dice estar cerca de los panaderos y no puede hacer nada, es un bueno para nada.